viernes, 26 de febrero de 2010

DESPEDIDA: GRACIAS


Estimados/as Directores/as Comunidades educativas:

Asumir el compromiso y la responsabilidad de ser Supervisor no es tarea sencilla, sobre todo cuando se es conciente de situaciones complejas que afectan a la dignidad del docente, cuando se han transitados luchas, cuando se miran las escuelas, cuando se mira al colega. Cuando uno ingresa a una institución siente otras miradas, murmullos, hasta cierto nerviosismo, y yo me sentía honrado de tener las puertas de una institución para ingresar, un mundo nuevo por conocer, docentes con mas experiencias de quienes aprender, docentes nuevos a quienes acompañar y orientar.

La decisión no fue fácil, pero el desafío invitaba al intento, no como algo experimental, sino como un libro nuevo no leído que uno sabe que está lleno de novedades...y vaya si las encontré, y desde allí me dolían las realidades, las frustraciones y me colmaban los logros, el trabajo realizado que se mostraba con orgullo, orgullo totalmente licito, porque esos logros significaron en la mayoría de los casos el trabajo, el compromiso, el tiempo gratuito de tantos docentes, alumnos y padres, con el solo objetivo de buscar lo mejor para quienes esta destinada la educación: los jóvenes.

Me sentía sorprendido cuando me llamaban Supervisor o "Super", yo tenia al frente a un colega quien podría darme cátedra de su experiencia en este ámbito, pero yo estaba allí en ese posicionamiento incomodo de la autoridad, me di cuenta que no se trataba de un lugar de poder sino de servicio, que también tenía que abrir mi mente, arremangar mis mangas y adentrarme en el maravilloso y diverso mundo de lo técnico profesional, que mi formación filosófica me posibilitaba asombrarme, cuestionarme, preguntarme y me empujaba a un saber nuevo con sus propios paradigmas

En cada escuela que me recibía, sabía que no podía tener prejuicios, que cada una tenia su historia, su contexto, su vida, con debilidades y fortalezas, como todo lo que hacemos las personas...y allí el asombro era mayor y el desafío mas acuciante, dialogaba con los alumnos, con los docentes, con los directivos, ordenanzas, y recibía una lluvia o mas bien una cataratas de necesidades de todo tipo, y cuando me retiraba, lo hacía con la ilusión de lo mucho que se puede hacer, de cuántas necesidades tenemos, no solo desde lo edilicio o pedagógico, sino desde las relaciones interpersonales, eso me lastimaba porque de poco sirve una escuela modelo sino sabemos reconocernos y aceptarnos como somos y desde la caridad poder corregirnos. De qué valen clases magistrales, si en mi interior anida el rencor, la desesperanza, la angustia...pero claro, yo no era el terapeuta institucional, era el supervisor, y así aprendí que en esa diversidad, y en esas situaciones también se crece se hace escuela, porque refleja un mundo que es así...pero que tendríamos que intentar crear otra conciencia, donde prime el cooperativismo,la solidaridad, no buscar uniformidad, sino unidad en la diversidad.

es reconocido que en la actualidad, en la mayoría de los casos, la supervisión es principalmente una actividad administrativa, que en el mejor de los casos responde a un modelo de evaluación eficientista conductista, cuando no a una práctica meramente tradicionalista y empírica, sin incidencia real en la labor educativa de los planteles.

Es necesario reconceptualizar esta presencia y esta tarea, no desde parámetros estandares sino desde intentar entender la problemática de cada escuela en toda su complejidad a través de un proceso de e evaluación critica y participativa donde el Supervisor no puede estar ausente ni ser ajeno, para llegar a la fuente , a la esencia y esto debe ser algo dinámico, que nos permita salir de la rutina, que nos vaya desiquetando de características subjetivas. El desafío de conocernos, de re - conocernos como lo que somos, y no terminar respondiendo a los que los otros piensan que somos...y para eso debemos enfrentarnos a la realidad a través de una "práctica reflexiva", hacernos cargo de ella, no buscando culpables, sino considerando nuestra responsabilidad.

Disculpen estimados colegas tantas palabras que quizas muchos no lean, pero necesitaba compartir con ustedes esta experiencia, este aprendizaje que se los debo a ustedes.

Desde un principio pensé que esto no era lo mio, pero compartí una Dirección General con un grupo maravilloso de personas, comenzando con el Director General, donde lo que primaba era el docente su problemática y cómo solucionarla y que muchas veces no resultaba tan sencilla. Mis compañeros de trabajo, administrativos, Supervisores, ordenanzas, cada rostro, cada gesto, se fue haciendo parte de mi historia y me animaba a seguir que siempre se puede y más, si existe union y lealtad, que la magia está en los circos, que la realidad tiene otros tiempos y otra logica que nos resulta difícil entender…es que cuando existe la necesidad la pasión domina a la razón, y eso hay que saber comprenderlo y contenerlo.

Atento a la renuncia del Director General Ing Felix Cardozo, que se merece mi más alto respeto, admiración y agradecimiento, Por su integridad como persona, su profesionalidad y dedicación dela que fui testigo, nosotros como equipo de trabajo también pusimos a consideración nuestras renuncias, así que este es un modo de despedirme de todos ustedes, de agradecerles el haberme dado la posibilidad de haberlos conocido y de trabajar a la par.

Particularmente se que me queda muchísimo por aprender, pero que lo que llegué a hacer junto a mis compañeros lo hicimos con responsabilidad, compromiso y amor… Me preocupaba mucho que todos estuviéramos unidos, comunicados, involucrados por eso los molestaba con mis mail e hice el blog www.supervisionregional.blogspot.com, para reafirmar AQUÍ ESTAMOS Y ESTAMOS AL SERVICIO DE USTEDES, seguramente existirán muchas quejas, pero de algo estén seguros trabajamos con pasión para lograr transformar las escuelas técnicas en lo que se merecen ser, y esta tiene que seguir siendo nuestra tarea estemos donde estemos, porque nuestra jóvenes se lo merecen, es una deuda que tenemos con ellos…trabas tendremos muchísimas, pero cuando no nos abran las puertas entremos por la s ventanas.

Al Dpto San Martín desde Embarcación a Pocitos GRACIAS, por todo lo que me demostraron, por los vínculos que he creado allí, sigan creciendo todos como personas, profesionales e institucionalmente, seguramente seguirán bien acompañados (mejor que conmigo seguro jajajaja). Aquí, en Embarcación siempre estará este colega que los estará esperando.

Gracias a las autoridades ministeriales Ministro de Educación Lic Leopoldo Van Cauwlaert, Dra. Adriana Liz Lopez Figueroa por haber confiado tambien en mi, como docente estuve y seguiré estando al servicio de la educación de mi provincia.

A TODAS LAS ESCUELAS TECNICAS PROFESIONALES GRACIAS, NO SE DEJEN VENCER POR LA ADVERSIDAD, LOS CAMBIOS NECESITAN DE LA INTREPIDES, DEL CORAJE, DE LA FUERZA, PERO SOBRE TODO DEL AMOR A LO QUE UNO HACE Y DE RECONOCERNOS DIGNOS DEL LUGAR QUE OCUPAMOS. POR LA GRANDEZA DE LA EDUCACIÓN TECNICO PROFESIONAL.

Les pido disculpa por tantos mail, tantos pedidos y requerimientos, gracias por la paciencia, pero fundamentalmente, les pido disculpa por todas mis faltas, mis errores, mis omisiones, aquí en Embarcación Salta, tienen a un colega, que estuvo aprendiendo a ser supervisor un y que siempre los estará esperando para los que pueda ayudarlos o acompañarlos. Y no se olviden:

AMAMOS LO QUE HACEMOS POR ESO LO DEFENDEMOS

Con respeto, la admiración y con la mayor cordialidad me despido de todos ustedes. Augurandoles exitos en su gestión, lo mismo a aquellos que nos sucedan en la DGETP, para que trabajen como cuerpo, en la unidad está la fortaleza. Que esta cuaresma que vivimos los cristianos reavive nuestros corazones para reconocernos como personas de igual valor mas allá del cargo que ocupemos y sobre todo para descubramos la gran potencialidad que tenemos para transformar este mundo que necesita cada vez de JUSTICIA, PAZ Y AMOR…. Y dialogo

miércoles, 24 de febrero de 2010

TODO TIENE UN TIEMPO BAJO EL SOL: LAS CREACIONES TAMBIEN


A modo de recordatorio, y a solo efectos de poder cumplir nuestras funciones en los tiempos establecidos, me tomo el atrevimiento de reiterar que deben elevar a la Sede de Supervisión Regional hasta el 17 de Febrero/10. Luego de dicha fecha y hasta el 1º de Marzo con el Informe pertinente de esta Supervisión Ud deberá elevar a Secretaría Técnica para la prosecución de los trámites.

1º.- Solicitud de continuidad de la Caja Curricular

2º.-Reorganización institucional, reubicación y reasignación institucional e interinstitucional de docentes (Res. Nº 4385/09.

3º.- Creación de cursos y horas cátedras.

4º.- Instrumentación de concursos.

Solicitamos cumplir en tiempo y forma lo requerido, ya oportunamente por nota de Secretaria Técnica de la DGETP con fecha 05 de febrero de 2010

Como así también atender lo solicitado desde la Circular Nº 06/10, particularmente en lo referente a las creaciones:

4.- CREACIONES DE CURSOS Y HORAS CÁTEDRA.-

A los efectos de garantizar el normal desarrollo de las actividades escolares que se inician el 01 de Marzo de 2010 se debe tener presentada al 17/02/10 las documentaciones pertinentes a las creaciones de cursos y horas cátedras. A saber:

Formulario SC-05: De creaciones de Curso y de horas para completar caja. Teniendo en cuenta la proyección y la cantidad exigida para la habilitación de Cursos (30 alumnos) y de Comisiones de Talleres (15 alumnos).

Formulario SZ-06: De cierre de cursos de TTP / IF; cuando no se cumplimente las exigencias de matrícula mínima para sostener el mismo.

Confiado en que con un trabajo cooperativo, solidario, comprometido, responsable y sobre todo participativo en las acciones administrativas que nos requieren podamos todos realizar nuestras tareas con eficiencia, eficacia, pero sobre todo desde el afecto, que es lo que mueve nuestras acciones hacia lo consecución de lo optimo de nuestro quehacer

jueves, 18 de febrero de 2010

PARA TENER EN CUENTA E IR TRABAJANDO


La superioridad solicita que tengamos las cifras de las inscripciones de alumnos de las EET, para cuando se soliciten (en cualquier momento con caracter de ¡urgente!), según se detalla:
- Inscripciones 2009 en 1er año CBT, detallado por divisiones.
- Inscripciones 2010 en 1er año CBT, detallado por divisiones.
- Inscripciones 2010 en 7mo año, cuando no pueda ser absorvido por D.E.Primaria.
Cuando tengan los datos o cuando se lo solicite, enviar los mismos a:

viernes, 12 de febrero de 2010


Solicitud a todas las Escuelas en carácter de URGENTE (PROGRAMA 1X1)

SE SOLICITA POR TERCERA VEZ

Prioritario para los establecimientos que entran en la primera y segunda etapa

Presentación hasta el 26 de febrero de 2010

1.- CURRICULUM VITAE

Deben enviar tres CV (en su defecto dos) para el contrato por 10 meses para ADMINISTRADOR DE RED

TÍTULO:

Analista De Sistemas

Analista programador

Técnico en computación

Ingeniero en Sistemas

o equivalentes

La remuneración es de $ 2.000 por turno de 4.5 horas reloj

Cada escuela técnica cuenta con dos turnos (por el contraturno en la parte técnica) por lo que se necesitan seis CV (en su defecto cuatro)

Una misma persona puede presentarse para los dos turnos si tiene disponibilidad

El postulante debe elevar una nota donde adhiere a la remuneración de $ 2.000 por turno de 4.5 horas reloj y además se compromete a emitir factura por lo que debe ser monotributista

El Director de la Institución elaborará un informe trimestral sobre el desempeño de este personal contratado.

Un original y dos copias y el soporte digital del CV

Consulta Prof. Zerpa - Ing. Cajaravilla

2.- ACONDICIONAMIENTO EN SEGURIDAD E HIGIENE

Deben realizar el formulario F07B para la instalación eléctrica del ámbito o lugar en donde se ubicaran los armarios para las net book. Debe incluir confort ambiental y seguridad del patrimonio (aire acondicionado, ventilación, rejas, alarmas etc) Ver Res. 62/08

Consultar con Ing. Luis Barros

3.- PLANO DE AULAS

La institución deberá presentar un plano o croquis de las aulas donde se trabajará con las netbooks. Este croquis es para la instalación del cableado estructural (red). Se prevé por aula dos tomas RJ45 donde se conectaran los routers.

También se debe adjuntar croquis del lugar donde estará el servidor

Consulta Prof. Zerpa - Ing. Cajaravilla

NOTA DE BLOG: Como las escuelas seleccionadas en las 3 etapas no puedo incluirlas por el formato pueden consultar a la UTAP - Secretaria Técnica con el Prof Zerpa o el Ing Cajaravilla en qué etapa ingresaría su establecimiento

jueves, 11 de febrero de 2010

"LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACION DE SUBSIDIOS PARA EL ACONDICIONAMIENTO DE LOS EDIFICIOS ESCOLARES DE GESTION PUBLICA DE LA PROVINCIA DE SALTA- AÑO 20




Comunicado a las Instituciones sobre lineamientos Decreto Nª 284/10

1. Montos máximos establecidos por Edificio.

Se tendrá en cuenta la CATEGORÍA DE REVISTA del Establecimiento al mes de Diciembre del año 2009.

Para cada escuela se establecen los siguientes montos.

Escuela de primera categoría: hasta $11.000,00.

Escuela de segunda categoría: hasta $9.200,00.

Escuela de tercera categoría: hasta $ 7.400,00.

Escuela de cuarta categoría: hasta $ 5.000,00.

Se deja constancia que los montos serán asignados por unidad edilicia en funcionamiento y por edificio escolar. En aquellos edificios donde se encuentren funcionando más de una Institución, los fondos se asignarán a la de mayor matrícula, para su manejo conjunto entre todos los directivos.

2. Rubros para los que están destinados los fondos. El dinero asignado tiene como finalidad:

· Reposición de vidrios.

· Reparación y/o reposición de cerraduras, picaportes y fallebas.

· Reposición de focos, reparación o reposición de llaves de luz y tomacorrientes.

· Acondicionamiento de instalaciones sanitarias: reposición de griferías, inodoros, mingitorios, depósitos. lavatorios, bebederos: insumos para la desobstrucción de desagües cloacales y limpieza de tanques de reserva de agua y cisterna.

· Pintura de pizarrones.

· Insumos para trabajos menores de pintura y albañilería (cemento, cal, ripiosa, pintura, diluyente, etc.).

· Materiales para la reparación de mobiliario menor (pupitres, escritorios, armarios).

· Insumos para el desmalezamiento (combustible, tanza, otros).

· Entre otros rubros equivalentes.

· Financiamiento de mano de obra, siendo deseable además, que la comunidad educativa (padres, alumnos, docentes, directivos y otros miembros de la comunidad), participe voluntariamente haciendo aportes de mano de obra o de cualquier otro tipo, resultando tales aportes muy valiosos para el funcionamiento del servicio educativo, ello no implica que el Estado Provincial deje de cumplir con las funciones y obligaciones que le son propias.

· Cuando no fuere necesaria la realización de las tareas de mantenimiento y refacción mencionadas en los ítems precedentes, y resulte imperiosa la adquisición de bienes tales como escritorios, bibliotecas, pupitres, heladeras, útiles, elementos de recreación, etc.; se redactará un acta manifestando la necesidad de dichos bienes firmada por las autoridades en el punto 3. Además deberá elevarse la planilla de alta patrimonial correspondiente al área competente del Ministerio de Educación.

3. Modalidad organizativa: Para la administración (recepción, ejecución y rendición) de los fondos recibidos deberán organizarse grupos mixtos integrados por el director de la Institución (o su representante), un miembro de la Cooperadora Escolar (si la hubiere), un representante de la comunidad y/o un representante del Intendente.

En caso de que en los edificios escolares coexistieran más de un establecimiento, la comisión será integrada por sus respectivos directores.

4. Adquisición de los insumos: Los insumos necesarios para proceder al acondicionamiento de los edificios podrán ser adquiridos en los comercios y corralones locales, siempre que los precios estén en los límites razonables. Para tener valores (precios) de referencia deberán acceder a la página www.salta.gov.ar, Links oficiales, Unidad Central de Contrataciones.

5. Control de la ejecución de las obras: La ejecución de las obras por parte de los establecimientos, será monitoreada por la Subsecretaría de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación.

Procedimiento para el control de la Obra: Una vez finalizadas las tareas de mantenimiento, la Institución deberá comunicar al Departamento de Infraestructura escolar de la Subsecretaría de Planeamiento tal novedad, a efectos de coordinar las acciones de monitoreo. Dirigirse a:

Dirección de Correo Electrónico: infraestructura_planeamiento@edusalta.gov.ar.

Teléfonos: (0387) 4365010 y (0387)4324359

Dirección: Departamento de Infraestructura Escolar- Ministerio de Educación- Subsecretaría de Planeamiento Educativo- 1er Block. PB. Av. Los Incas S/Nº Centro Cívico Grand Bour. Ciudad de Salta CP.4400.- En Horarios de lunes a Viernes de 8 a 16hs.

NOTA En caso de producirse la imposibilidad de realizar la inspección al edificio escolar, el responsable de la Institución, deberá apersonarse en las dependencias de Infraestructura Escolar, previo a efectuar la rendición de los fondos ante el Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, según pauta el punto 7 de la presente norma.

6. Distribución de los fondos: Los fondos se distribuirán en dos (2) cuotas iguales, según el monto que corresponda a cada escuela. El Municipio, a fin de deslindar su responsabilidad, deberá emitir una constancia de entrega de los fondos, la que deberá ser suscripta por cada uno de los directores responsables de los establecimientos escolares de su jurisdicción, debiendo elevar la misma al Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, debidamente firmada en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles de recibidos los mismos.

7. Rendición de fondos:

Para rendir cuentas de los gastos realizados deberá confeccionarse un acta con el detalle de insumos y costos y una certificación del trabajo efectivamente realizado, emitida por la Subsecretaría de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación. Tal documentación deberá ser firmada por todos los miembros de la comisión antes citada.

Esta documentación será elevada al Ministerio de Finanzas y Obras Públicas hasta el 30/04/10, y deberá ser acompañada de las facturas y comprobantes originales correspondientes en debida forma.

El texto completo del Dcto. Nº 284/10, con los correspondientes formularios de rendición de comprobantes y Planilla de trabajos de acondicionamiento de edificios escolares, Anexos II y III respectivamente, se encuentran disponibles en la página del Ministerio de Educación: www.edusalta.gov.ar

NOTA DEL BLOG: Haciendo doble click en los formularios podrán imprimirlos en tamaño normal


lunes, 8 de febrero de 2010

Información para atención de la organización escolar

En el marco del inicio del período lectivo les recomendamos especial atención a las siguientes documentaciones que deben elevar a la Sede de Supervisión Regional hasta el 17 de Febrero/10. Luego de dicha fecha y hasta el 1º de Marzo con el Informe pertinente de esta Supervisión Ud deberá elevar a Secretaría Técnica para la prosecución de los trámites.

1º.- Solicitud de continuidad de la Caja Curricular

Pedido de autorización para la continuidad de la Caja Curricular adoptada por la institución en el marco de la Res. 4118/00 y del TTP con estructura modular propuesta por la institución de acuerdo a los requisitos fijados por Res. 2223/01.

Observación: la solicitud debe ser presentada por todas la unidades educativas, ya que la disposición que autoriza la Modalidad y el TTP es anual.

2º.-Reorganización institucional, reubicación y reasignación institucional e interinstitucional de docentes (Res. Nº 4385/09.

Formulario 01: Organización escolar

Formulario 02: Registro de cese de personal interino y suplente.

Formulario 03: Registro de personal titular en disponibilidad.

Formulario 04: Reasignación de docentes (por orden de curso y división)

Formulario 05: Reasignación de docentes que modifican su situación de revista.

Observación: Si no existiere modificación alguna respecto al periodo lectivo anterior la unidad educativa debe informarlo mediante nota.

Lo presentado por las unidades educativas según punto 1º y 2º, deben ser remitidos desde supervisión técnica a esta secretaría en forma conjunta; ya que ambas documentaciones corresponde a un mismo cuerpo de expediente a tramitar.

3º.- Creación de cursos y horas cátedras.

Formulario SC-05: Creación de Cursos y Horas Cátedra para completar caja curricular teniendo en cuenta la proyección y la cantidad de alumnos exigidos para la habilitación del curso:

Para habilitación de los primeros años: 30 alumnos

Para habilitación de cursos por promoción: 20 alumnos como mínimo

Para habilitación de Talleres: 15 alumnos

Observación: En el informe de supervisión del mencionado formulario se debe consignar:

ü Carácter del curso requerido (por promoción, por desdoblamiento, por creación de 1ros. Años)

ü Instrumento legal de Caja Curricular vigente (Nº de Disposición).

ü Cantidad de horas a crear.

ü Nómina con DNI de alumnos para la creación solicitada.

ü Turno, división, año.

ü Fecha de apertura y culminación (con término o sin término)

ü En el caso de creación de módulos de TTP/CBT mencionar correctamente la denominación (TTP/IF/Módulo) según corresponda de acuerdo a la estructura curricular aprobada.

ü Espacio físico disponible en la unidad educativa.

ü Equipamiento.

Formulario SZ-06: De cierre de cursos de TTP/IF; cuando no se cumplimente las exigencias de matrícula mínima para sostener el mismo.

4º.- Instrumentación de concursos.

Documentación pertinente a la cobertura de horas cátedras en los espacios de EDI, ECOP, Módulos de TTP, Itinerarios Formativos y Módulos de Formación Profesional del Ciclo Básico Técnico (Res. 2758/02 y 722/09).

Se recuerda a Ud. que el requerimiento de las documentaciones detalladas a las direcciones de las escuelas en tiempo y forma permitirá una pronta organización en las unidades educativas y el normal desarrollo de las actividades escolares.

sábado, 6 de febrero de 2010

PROVINCIA DE SALTA MINISTERIO DE EDUCACION

MEMORANDUM Nº 02/2010


Producido-por:

Ministro de Educación Lic. Leopoldo van Cauwlaert

Destinado a:
DIRECTORA GRAL. DE EDUCACIÓN

SECUNDARIA. Prof. María Eugenia Caro

DIRECTOR GRAL. DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL.

Ing, Felix Cardozo.

Lugar y Fecha: Salta, 05 de Febrero de 2010.

ASUNTO:


Por el presente se comunica que, atendiendo el cronograma establecido en el Calendario Escolar 2010, aprobado por Res. Min. N° 4452/09, el personal docente dependiente de las Direcciones Generales de Educación Secundaria y de Educación Técnico Profesional, deberá reintegrarse normalmente a sus funciones el día 01 de Marzo, a excepción del personal jerárquico, preceptores y administrativos, quienes iniciarán las actividades de organización de acuerdo al calendario escolar vigente. Los docentes que integren Comisiones Evaluadoras ó Tribunales de Exámenes previos a la fecha indicada, asistirán en las fechas concretas para tales fines.

El contenido de! presente deberá hacerse conocer a todas las unidades educativas de su dependencia a través del Cuerpo Técnico de Supervisión.

Atentamente.

Lic. LEOPOLDO VAN CAUWLAERT Ministro de Educación de la Pcia. De Salta

miércoles, 3 de febrero de 2010

RESOLUCION N° 5087 CONCURSO DE DIRECTORES: EET Nº 3.154 (Ex. 5.019) de Dragones y en EET Nº 3.147 El Quebrachal

SALTA, 29 de Diciembre de 2009

RESOLUCION N° 5087

MINISTERIO DE EDUCACION

EXPEDIENTE N° 140-5461/09

VISTO la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, Ley de Educación de la Provincia Nº 7.546 y la Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional, las cuales facultan al Gobierno Provincial a organizar y supervisar el Sistema Educativo, y;

CONSIDERANDO:

Que es misión de este Ministerio afianzar el derecho a la educación y generar las condiciones para lograr la más alta calidad educativa sobre la base de la profesionalización de los recursos humanos;

Que conforme a lo previsto en el Artículo 106º de la Ley Nº 7.546, el Ministerio de Educación tiene competencia para reglamentar el régimen de concurso y valoración de antecedentes y oposición de los cargos docentes, administrativos, directivos y de supervisión propios de la actividad profesional de los educadores, con lo cual se efectiviza el derecho previsto en el Artículo 122º Inc. k) del mismo cuerpo legal;

Que en concordancia con ello, los Artículos 26º y 27º de la Ley 6830 establecen que los ascensos en cada nivel y modalidad de la enseñanza se harán por concurso de títulos, antecedentes y oposición, y siempre que el personal reúna los requisitos detallados en sus Artículos 28º y 29º;

Que la Educación Técnico Profesional es una modalidad de la Educación Secundaria según el artículo 38º del Capítulo VI de la Ley de Educación Nacional 26.206 y se rige por las Disposiciones de la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional Nº 26.058;

Que la Educación Técnico Profesional es la modalidad especial diferente de la Educación Secundaria, responsable de la formación de técnico según el artículo 41º de la Ley Provincial Nº 7546;


Que a fin de garantizar una adecuada organización institucional en las Escuelas de Educación Técnica Nº 3.154 (Ex. 5.019) “Roberto Romero” de la localidad de Dragones y Escuela de Educación Técnica Nº 3.147 (Ex. 5.166) de la localidad de El Quebrachal, dependientes de la Dirección General de Educación Técnico Profesional, resulta oportuno disponer un régimen para convocar a concurso de títulos, antecedentes y oposición, a fin de cubrir los mismos, emitiendo al efecto la reglamentación pertinente;

Que la cobertura de dicho cargo resulta de suma trascendencia en estas unidades educativas, en virtud de la función que desarrolla el directivo dentro de la organización educativa, por lo que debe asegurarse que accedan a los mismos los docentes más idóneos y comprometidos con la educación, con la ética profesional, los principios de igualdad, la tolerancia y respeto por la diversidad cultural;

Que asimismo, la convocatoria a concurso garantiza al docente el acceso a cargos de mayor jerarquía y la posibilidad de crecer profesionalmente, lo cual afianza el respeto a su carrera dentro de los estamentos previstos en el escalafón docente;

Que de acuerdo al artículo 10º de la Ley Nacional Nº 26.058 es condición principal impulsar modelos innovadores de organización y gestión para la adecuación y cumplimiento a nivel institucional de los objetivos y propósitos de la Ley de educación Técnico Profesional y que a la vez garanticen la identidad y especificidad de las instituciones de educación técnico profesional;

Que dado el carácter profesionalizante de la Educación Técnico Profesional y por la idiosincrasia e historia institucional de las escuelas que brindan esta oferta se hace necesario contar con perfiles docentes que respondan a sus objetivos y fundamentos conformes a los artículos 29º y 30º de la Ley Nacional Nº 26.058;

Que atento a lo expuesto se observa necesario contemplar la constitución de un equipo de gestión conformada con perfiles profesionales de carácter técnico y cultural, a fin determinar el carácter profesional de la Educación Técnica;

Que a tal efecto han tomado debida intervención la Secretaría de Gestión Educativa, la Subsecretaría de Planeamiento Educativo, el Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y la Dirección General de Educación Técnico Profesional;

Que en consecuencia, habiéndose expuesto suficientes razones de interés público que autorizan a prescindir de la publicación del proyecto, corresponde aprobar el Régimen de Convocatoria y Sustanciación a concursos para la cobertura de los cargos vacantes de Director/a en la Escuela de Educación Técnica Nº 3.154 (Ex. 5.019) “Roberto Romero” de Dragones y la Escuela de Educación Técnica Nº 3.147 (Ex. 5.166) de El Quebrachal, dependientes de la Dirección General de Educación Técnico Profesional, asegurando su adecuada difusión;

Por ello:

EL MINISTRO DE EDUCACION

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Régimen de Convocatoria y Sustanciación a concurso de títulos, antecedentes y oposición para la cobertura de 1 (un) cargo vacante de Director/a en la Escuela de Educación Técnica Nº 3.154 (Ex. 5.019) “Roberto Romero” de la localidad de Dragones y 1 (un) cargo vacante de Director/a en la Escuela de Educación Técnica Nº 3.147 (Ex. 5.166) de la localidad de El Quebrachal, dependientes de la Dirección General de Educación Técnico Profesional, que como Anexos I y II integran el presente instrumento legal.

ARTÍCULO 2º.- Disponer que las pruebas de oposición estarán a cargo del Jurado integrado por los miembros que proponga el Ministerio de Educación y que serán designado al efecto.

ARTICULO 3°.- Facultar a la Secretaría de Gestión Educativa a resolver toda situación operativa no contemplada en la reglamentación a fin de dar acabado cumplimiento a las convocatorias que en adelante se realicen.

ARTICULO 4°.- Establecer que las designaciones que se efectúen como consecuencia de la presente convocatoria otorgarán la titularidad en el cargo, y que el docente no podrá solicitar traslado hasta transcurridos dos (2) años de ejercicio efectivo del mismo.

ARTICULO 5°.- Determinar que el orden de méritos definitivo informado por Junta Calificadora de Méritos y Disciplina tendrá validez por el término de un (1) año a partir de su emisión y únicamente para el llamado a concurso de cargos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que el concurso respetará invariablemente el escalafón y los aspirantes deberán acreditar al momento de la inscripción la totalidad de los requisitos establecidos en el presente instrumento legal.

ARTÍCULO 7º: Dejar sin efecto toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTICULO 8°.- Comunicar, insertar en el Libro de Resoluciones, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

ANEXO I

CONVOCATORIA

1.- CARGOS A CONCURSAR

Se concursarán cargos vacantes de Director/a, 1 (uno) en la Escuela de Educación Técnica Nº 3.154 (Ex. 5.019) de Dragones y 1 (uno) en la Escuela de Educación Técnica Nº 3.147 (Ex. 5166) de El Quebrachal dependientes de la Dirección General de Educación Técnico Profesional, se detallan en el Anexo II del presente instrumento legal.

La convocatoria se efectuará con una antelación mínima de 30 (treinta) días corridos a la fecha de apertura del período de inscripción.

1.1.- PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

Las Convocatorias serán debidamente publicada por 1 (uno) día en el Boletín Oficial, a través de la página Web del Ministerio de Educación (www.edusalta.gov.ar) y en los medios de comunicación escrita de mayor difusión en la Provincia por el término de 3 (tres) días.

1.2.- CONCURSO DESIERTO O ANULADO

Los concursos se declararán desiertos por Disposición de la Dirección General de Educación Técnico Profesional, cuando no se presenten aspirantes; o cuando los postulantes que hubieren solicitado inscripción no reúnan los requisitos establecidos en la presente reglamentación y su correspondiente convocatoria y/o cuando ninguno hubiere aprobado la oposición. Asimismo cuando se comprueben vicios de procedimientos en el proceso concursal se declarará la nulidad del mismo mediante Resolución Ministerial.

1.3- NUEVA CONVOCATORIA

Si el concurso se declarara desierto o procediere su nulidad por vicios de procedimientos o arbitrariedad manifiesta, se convocará a un nuevo concurso.

2.- CONDICIONES

Todo aspirante que se presente al Concurso en sus diferentes instancias, deberá acreditar al momento de su inscripción la totalidad de los requisitos generales y particulares, establecidos en la presente Resolución.

3.- INSCRIPCIÓN

La inscripción se efectuará en forma personal o a través de carta-poder debidamente certificada, ante Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, sita en calle Catamarca Nº184 – Salta (Capital), los días 08 y 09 de febrero de 2009, en el horario de 8 a 14 hs.

En dicho período los aspirantes deberán incorporar, ante Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, toda nueva documentación debidamente certificada que acredite otros antecedentes docentes, de formación y desempeño adquiridos a partir del momento de su última inscripción.

Se rechazará toda solicitud de inscripción o presentación de antecedentes fuera de término.

La presentación de la solicitud de inscripción implica que el postulante conoce y acepta la reglamentación del proceso concursal. La misma reviste carácter de Declaración Jurada.

4.- DE LOS POSTULANTES: REQUISITOS GENERALES Y PARTICULARES

Podrán presentar su solicitud de inscripción en el Concurso, los Vicedirectores titulares que hubieren accedido al cargo mediante Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición, en establecimientos educativos dependientes de la Dirección General de Educación Técnico Profesional y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en servicio activo en los términos previstos en el Artículo 3º Inciso a) de la

Ley Nº 6830.

b) Los Vicedirectores titulares que se encontraren en uso de licencia por cargo electivo o en

cargos de confiabilidad política o de mayor jerarquía de carácter transitorio (Artículo 69º del

Decreto Nº 4118/97), en ámbitos del Ministerio de Educación o en otros Organismos del

Poder Ejecutivo Provincial, podrán inscribirse como postulantes, previa renuncia a dicho cargo

Con una antelación de 15 (quince) días corridos a la fecha de la apertura de la inscripción;

excepto que el cargo de mayor jerarquía refiera al de Director/a cualquiera sea el carácter.

c) Registrar una antigüedad reconocida no inferior a 10 (diez) años de desempeño en la docencia, acreditando que se encuentra en servicio activo en la modalidad de Nivel Secundario Técnico Profesional al momento de su inscripción en el concurso, y/o en los casos comprendidos en el punto 2.3 de la presente Norma.

d) Los agentes que, a la fecha de la convocatoria se encuentren sometidos a proceso sumarial

y/o judicial en su contra, podrán concursar quedando en suspenso su designación hasta tanto se produzca resolución y/o sentencia judicial firme con sobreseimiento definitivo, y en un término de 90 (noventa) días posteriores al Concurso.

e) Haber obtenido en los 2 (dos) períodos anteriores al Concurso o en los últimos dos períodos

de desempeño en el cargo de Vicedirector/a, si se encontraren en uso de licencia, Concepto

Profesional no inferior a Bueno conforme lo establecido en el Art. 28º Inc. c - de la Ley Nº 6830.

f) Acreditar a través de certificado expedido por el Departamento Fojas de Servicios del

Ministerio de Educación, que no registra sanciones disciplinarias de las previstas en la Ley Nº

6830, Artículo 47º Inc. e) y f) y en los Inc. c) y d) durante los últimos 2 (dos) y 3 (tres) años

respectivamente.

g) Acreditar, mediante certificado actualizado emitido por Servicio Médico Laboral, capacidad

psicofísica para el ejercicio de las funciones del cargo a concursar.

h) Los aspirantes deberán acreditar, ante Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, los

mencionados requisitos a los fines de su admisibilidad en el Concurso.

4.1- Cómputo de la Antigüedad

Para el cómputo de la antigüedad se considerarán también como servicios docentes los períodos de licencia sin goce de haberes usufructuados por los siguientes motivos:

Por ocupar cargos electivos en asociaciones sindicales con personería gremial, que nucleen a educadores;

  • Por ejercer cargos políticos y/o sin estabilidad en áreas educativas del Poder Ejecutivo Provincial.

4.2.- COMPATIBILIDAD

En todos los casos, a los fines de la designación en el cargo concursado, el aspirante deberá encuadrarse en el Régimen de Compatibilidad vigente.

4.3.-LICENCIA PARA CONCURSAR

Los postulantes admitidos tendrán derecho a usufructuar licencia, con goce de haberes hasta 3 (tres) días hábiles anteriores a la fecha que se fije para la prueba escrita, conforme lo previsto en el Artículo 56º del Decreto Nº 4118/97, a los fines de la oposición.

4.4.- DE LOS IMPEDIMENTOS

Quedarán excluidos como aspirantes aquellos agentes que:

a) Se encontraran en situación de incompatibilidad de cargos y/o funciones de acuerdo a la reglamentación vigente en la materia;

b) Hubieran iniciado o se encontraren en condiciones de iniciar el trámite para

para acceder al beneficio de la jubilación;

c) Se encontraren con cambio de funciones. (Artículo 33º del Decreto Nº 4118/97

Artículo 3º Inc. b) y Artículo 6º Inc. 5, de la Ley Nº 6830);

d) Registren sanciones de las previstas en la Ley 6830, Artículo 47º Incisos e) y

f) durante los últimos dos (2) y tres (3) años respectivamente, de las establecidas en los Inc. c)

y d);

g) Falsifiquen, oculten u omitan los datos declarados y/o la documentación

presentada;

h) No acrediten aptitud psico-física actualizada para el desempeño de la función.

4.5.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Además de la documentación que acredite los requisitos de admisibilidad al Concurso, los aspirantes podrán presentar toda documentación debidamente certificada que acredite y actualice sus antecedentes docentes, de formación y desempeño.

La presentación de documentación se efectuará indefectiblemente, durante el período de inscripción, ante Junta Calificadora de Méritos y Disciplina.

5.- ETAPAS DEL PROCESO CONCURSAL - CRONOGRAMA

Etapas del Proceso Concursal

Fechas

Observaciones

Periodo de Inscripción

08 y 09 de febrero /10

Se llevará a cabo en Sede de Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, Catamarca Nº 184 – Salta.

Horario de 8,00 a 14,00 hs. durante 2 (dos) días. Se rechazará toda solicitud de inscripción o presentación de antecedentes fuera de término.

Se efectuará personalmente o a través de carta-poder debidamente certificada ante Junta calificadora de Méritos y Disciplina constituyendo domicilio en la Ciudad de Salta.

Todo aspirante deberá acreditar, al momento de la ins­cripción, la totalidad de los requisitos establecidos (solicitud y antecedentes).

Exhibición de nómina de aspirantes admitidos

15 y 16 de febrero/10

A los 3 (tres) días de concluido el período de inscripción, Junta Calificadora de Méritos y Disciplina - previo informe del Departamento de Fojas de Servicios- hará conocer en las instalaciones de su Sede, la nómina de aspirantes admitidos en el Concurso, la cual quedará, a partir de ese momento, a consideración de los interesados.

Período de Tachas e Impugnaciones

17 al 19 de febrero/10

Durante 3 (tres) días, desde la emisión de la nómina de docentes admitidos, los inscriptos podrán efectuar impugnaciones fundadas, relativas a su no-inclusión en dicha nómina o a la presunta falta de requisitos y condiciones de otros aspirantes que figuren en la misma, acreditando u ofreciendo la prueba de que intenten valerse.

Corresponde a Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, expedirse sobre los planteos que se efectúen.

Los docentes que formulen impugnaciones infundadas, serán pasibles de las sanciones disciplinarias previstas en el Estatuto del Educador.

Resolución de Impugnaciones

22 y 23 de febrero/10

Junta Calificadora de Méritos y Disciplina, en el plazo de dos (2) días deberá resolver las impugnaciones planteadas.

Nómina definitiva de Aspirantes

24 y 25 de febrero/10

Junta Calificadora de Méritos y Disciplina elaborará la nómina definitiva de postulantes, la que exhibirá en su sede por el término de dos (2) días y comunicará a los miembros del Jurado a fin de que se excusen si se presentare alguno de los supuestos previstos en el Anexo de la presente.

Recusación y Excusación del Jurado

26 de febrero/10

Los aspirantes podrán recusar al Jurado designado al día siguiente de la publicación de la nómina definitiva de aspirantes.

Serán causales de recusación: tener relación de parentesco (por consanguinidad hasta el cuarto grado, o por afinidad hasta el segundo grado) o interés en el asunto, amistad íntima o enemistad manifiesta con algún postulante.

En el caso en que resultare procedente la recusación, el miembro saliente será reemplazado por un miembro suplente.

proceso concursal

Evaluación escrita

Lugar: Escuela de Educación Técnica Nº 3.138

(Ex. 5138) Dr. A. Einstein –Tucumán Nº 505 (Salta- Capital)

Día: 06-03-10

Hora: 08:00

Evaluación oral

Lugar: Escuela de Educación Técnica Nº 3.138

(Ex. 5138) Dr. A. Einstein –Tucumán Nº 505 (Salta- Capital)

Días: 13-03-10

Hora: 08:00

Nómina de aprobados

15-03-10

Orden de mérito

17-03-10

Elevación de actuaciones

19-03-10

6.- EL JURADO

El Jurado estará conformado por 3 (tres) miembros titulares y 3 (tres) miembros suplentes designados por el Ministerio de Educación.

Los miembros serán seleccionados por el Ministerio de Educación teniendo presentes los antecedentes docentes que registren en gestión educativa y en la formación profesional de los diferentes campos de la educación técnica: general, científica-tecnológica, específica y en prácticas profesionalizantes.

El Jurado sólo podrá actuar válidamente con la presencia de sus tres miembros titulares. Las decisiones se adoptarán por simple mayoría, debiendo emitirse un dictamen unificado.

Los miembros integrantes del Jurado designados al efecto deberán excusarse de intervenir en el concurso por las causales previstas en punto 5, siendo reemplazados por uno de los miembros suplentes, según el orden de su designación.

Se designará a los profesionales que se detallan a continuación, para que actúen en carácter de Miembros del Jurado y tengan a su cargo las pruebas de oposición, correspondientes a las evaluaciones escrita y oral, respectivamente.

Representante de:

TITULARES

Apellido y Nombre

DNI Nº

Universidad Nacional de Salta

FURIO DE SAURIT, MARIA ESTELA

DNI 6.383.280

Dirección General de Educación Técnica

TARIFA, JOSE REINALDO

L.E 7.850.583

Ministerio de Educación

ALBORNOZ, EDUARDO

DNI 11.283.289

Representante de:

SUPLENTES

Apellido y Nombre

DNI Nº

Universidad Nacional de Salta

MACCHI CAMPOS, RAUL HERNAN

DNI 10.581.330

Dirección General de Educación Técnica

OLIVER, ALFONSO MARIO

DNI 12.959.236

Ministerio de Educación

SECO, CARLOS TOMAS

L.E: 7.659.306

7.- Evaluaciones

Las diferentes instancias de evaluación serán calificadas numéricamente de 1 (uno) a 100 (cien), siendo cada una de ellas eliminatoria y requiriéndose alcanzar un mínimo de 70 (setenta) puntos en cada una de las instancias de la oposición para su aprobación.

La oposición a cargo del Jurado comprenderá 2 (dos) instancias:

a)- Evaluación escrita. Atenderá a la resolución de problemáticas vinculadas a la gestión educativa (aspectos institucionales, legales, curriculares, comunitarios, de implementación de la política educativa actual, etc. al manejo de las tecnologías de información y comunicación), elaboradas por el Jurado.

b)- Evaluación oral. Consistirá en una exposición argumentativa que fundamente y articule marcos referenciales de la práctica de la gestión directiva como así también la práctica de talleres.

7.1- CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA INSTANCIAS DE OPOSICIÓN

Se tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración para instancias de oposición:

· Motivación docente.

· Puntos de vista sobre temas básicos de la gestión institucional en el marco de la transformación de la educación técnica.

· Nivel académico.

· Adecuaciones al perfil del cargo y de la institución para la que concursa.

· Otros criterios a delimitar por el Jurado en el marco de la presente valoración.

Cumplida la totalidad de las instancias evaluativas, el jurado elaborará el dictamen y notificará el puntaje alcanzado en forma personal a cada concursante, siendo el mismo irrecurrible.

8.- VALORACIÓN DE ANTECEDENTES

Junta Calificadora de Méritos y Disciplina elaborará los cuadros de antecedentes de los concursantes conforme la documentación incorporada en sus Legajos Profesionales, la que se agregue con la inscripción.

Los aspirantes que hubieran obtenido nuevos antecedentes a partir del momento de su última inscripción, no incorporados a su legajo personal, deberán presentar, al momento de la inscripción, la documentación que los acredita, para su valoración mediante Resolución Nº 1851/08.

A partir de la fecha de notificación de los cuadros de antecedentes, los postulantes podrán interponer recursos de aclaratoria o revocatoria en los plazos y condiciones previstas en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 5.348, los que serán resueltos por Junta Calificadora de Méritos y Disciplina.

9.- Orden de Mérito

9.1.- PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN POR EL JURADO

El dictamen con el puntaje final obtenido por cada uno de los postulantes, en las Pruebas de Oposición deberá constar en un Acta que firmarán todos los miembros del Jurado; la que contendrá:

-Lugar y fecha de emisión del dictamen;

-Nombre, apellido y número de documento de los miembros del Tribunal;

-Cargo que se concursa, número de Resolución de convocatoria y datos personales de cada concursante

-Criterios de valoración adoptados para cada una de las instancias previstas;

-Fundamentación del puntaje asignado a la oposición;

-Puntaje final obtenido por cada uno de los postulantes.

9.2.- ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVO

Firme el puntaje alcanzado por los concursantes, Junta Calificadora de Méritos y Disciplina emitirá el Orden de Méritos de postulantes aprobados.

10.- SELECCIÓN DE CARGOS

La selección de los cargos de Director/a en Establecimientos Educativos se efectuará por parte de los postulantes que hubieren aprobado el concurso, de acuerdo al puntaje alcanzado.

11.- Elevación de las Actuaciones

Finalizado el proceso concursal, Junta Calificadora de Méritos y Disciplina elevará las actuaciones pertinentes a consideración de la Secretaría de Gestión Educativa, quien verificará el cumplimiento regular del cronograma y de las instancias evaluativas previstas en la convocatoria.

12.-Designaciones

Recepcionadas las actuaciones y efectuada la verificación antes señalada, Secretaría de Gestión Educativa realizará el trámite correspondiente para la designación titular de los concursantes en los Establecimientos Educativos; quienes tomarán posesión a partir de la fecha que indique el instrumento legal de designación.

En todos los casos, a los fines de la designación en el cargo concursado, se deberá respetar el régimen de compatibilidad vigente.

ANEXO II

1.- NÓMINA DE ESTABLECIMIENTOS

Dejar establecido que la Convocatoria dispuesta en el ANEXO I precedente será para el cargo

de Director/a, en los establecimientos educativos que se detallan seguidamente:

Nº ORDEN

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

DOMICILIO

LOCALI-DAD

DEPARTA-MENTO

CATEGO-RIA

01

EET Nº 3.154 (EX. 5019) “Roberto Romero”

Armada Nacional S/Nº

Dragones

Gral. San Martín

02

EET Nº 3.147 (EX. 5166)

Int. Ramón Tornero S/Nº

El Quebrachal

Anta

2.- TEMARIO PARA EL CONCURSO DE DIRECTORES


1- La regulación y el ordenamiento de la Educación Técnico Profesional.

  • La legitimidad social del cambio en la Educación Técnico Profesional.
  • Marco normativo general y normas vigentes para el funcionamiento del Nivel Secundario Técnico
  • La nueva identidad de la Educación Técnica en el marco de la Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional
  • Gobierno y organización de la educación Técnico Profesional.
  • La organización y estructura de la oferta educativa/formativa.

2- La organización institucional y pedagógica en función de las trayectorias escolares.

La reorganización institucional en el marco de la obligatoriedad y la masificación escolar; la inclusión escolar y la atención a la diversidad.

  • La propuesta educativa de la educación secundaria técnica.
  • Los órganos colegiados de gobierno escolar.

El vínculo pedagógico en la garantía de una convivencia saludable.

  • El trabajo docente.
  • Desarrollo y financiamiento de Planes de Mejora Institucional.

3- El rol del director en las escuelas de educación técnicas.

  • Las instituciones educativas y los nuevos modelos de gestión.
  • La gestión de la dirección en sus alcances: orgánico-administrativo, pedagógico-curricular y socio-comunitario.
  • La gestión de Vicedirección como promotor de innovaciones y del clima escolar. El conflicto: estrategias de abordaje y resolución. La toma de decisiones. El trabajo en equipo.
  • Modelo pedagógico, la organización de los espacios y tiempos, las formas de agrupamiento de los estudiantes.
  • La recuperación de currículum en la sociedad del conocimiento: la centralidad del conocimiento y su vinculación con sectores sociales y productivos. El currículo y su relación con el proyecto institucional.
  • La transposición didáctica en el proceso de enseñanza y de aprendizaje. Corrientes y enfoques pedagógicos acerca del enseñar y el aprender. Los acuerdos institucionales acerca de la enseñanza y el aprendizaje.

· La evaluación educativa: conceptos, funciones y tipos. Nuevas concepciones acerca de la evaluación en el contexto del paradigma crítico. La evaluación como práctica social colegiada. Contenidos, criterios e instrumentos de evaluación.

BIBLIOGRAFIA

· ÁLVAREZ MÉNDEZ, J. M: Evaluar para conocer, examinar para excluir. Morata: Madrid. 1999

· BIXIO, C.: Cómo planificar y evaluar en el aula. Propuestas y ejemplos. Rosario, Homo Sapiens. 2003

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· CAMILLONI, Alicia. : Corrientes didácticas contemporáneas. Buenos Aires: Paidós, 2001

· CANTERO, Germán; CELMAN, Susana y otros, Gestión escolar en condiciones adversas. Buenos Aires, Santillana 2001.

· DAVINI, M. C.: Métodos de enseñanza. Didáctica general para maestros y profesores. Buenos Aires: Santillana. 2008

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· TEDESCO, J C, Presentación en Braslavsky, C La educación secundaria. ¿Cambio o inmutabilidad? Análisis y debate de procesos europeos y latinoamericanos contemporáneos, Buenos Aires, Santillana. 2001

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· TENTI FANFANI, Emilio. Gobernabilidad de los Sistemas Educativos en América Latina. Buenos Aires IIPE – UNESCO, 2004.

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· WANG, M. C. Atención a la diversidad del alumnado. Madrid: Narcea. http://www.educared.org.ar/enfoco/ppce/temas/06 portafolios/1998.

DOCUMENTOS:

· Marco Normativo: Constitución Nacional y Constitución Provincial.

· Ley de Educación Nacional Nº 26.206

· Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058/05

· Ley de Educación de la Provincia Nº 7546/08.

· Ley de Procedimientos Administrativos Nº 5348

· Régimen de licencias, justificaciones y franquicias- Decreto Nº 4118/97.

· Estatuto del Educador de la Provincia-Ley Nº 6830/95.

· Estatuto del Docente

· Reglamento General para los establecimientos dependientes de la Dirección General de Enseñanza Media, Técnica y Superior de la provincia de Saltas- Dcto. Nº 586/73

· Régimen de Evaluación de los Alumnos-Resolución Nº 2326/06

· Lineamientos de Convivencia para las Instituciones Educativas

· Resolución Ministerial Nº 4013/06, Régimen de Valoración de Antecedentes para la Carrera Docente- Resolución Ministerial Nº 1851/08.

· Calendario Escolar 2.009- Resolución Ministerial Nº 2201/08.

· Otras normativas inherentes al Nivel: Resolución CFE Nº 47/08 y 15/07.